
Fuente: La Esperanza
Francisco Canals, en el afinado análisis de las distintas tendencias político-religiosas en la Francia postnapoleónica de la «Restauración» que ofreció en su tesis doctoral sobre «Los orígenes románticos del cristianismo de izquierdas» (1957; reeditada en 1986 por la Fundación Speiro con el rubro Cristianismo y Revolución), lo inicia partiendo de una verdad general que normalmente resulta chocante en la historiografía francesa al uso: «El año 1815 –asevera el ilustre filósofo javierista– no es, en lo más profundo de su significado, un momento de restauración contrarrevolucionaria, sino que, por el contrario, puede considerarse como un episodio análogo, en la historia de la formación del mundo “moderno”, al de 1688 en Inglaterra, y al mismo 1830 en Francia». La discrepancia con esa historiografía aumenta más si nos fijamos que Canals sitúa la genuina «expresión política» de la corriente denominada «ultrarrealista» sólo en la mayoría que conformaba la llamada «Chambre Introuvable» (Octubre 1815 – Septiembre 1816), «mucho más –remarca– que en el posterior Gobierno, a partir de 1822, de la “Derecha”». En esta última frase, el Catedrático catalán se está refiriendo evidentemente al período gubernamental en que J. Villèle ostentó la Presidencia del Consejo de Ministros (Diciembre 1821 – Enero 1828). Pero, ¿acaso no se les podía caracterizar también a ese Gabinete y a sus miembros como «realistas», tal como incluso hacían sus propios coetáneos? ¿Sería ésa, por el contrario, una identificación errónea?
En un principio, parecería ser apropiado reservar la denominación de «realistas» al grupo de publicistas encabezados por Chateaubriand, L. de Bonald y Lamennais, que, tras la disolución de la «Cámara Inencontrable», promovieron la oposición contra los Gobiernos presididos por el Duque de Richelieu, Dessolles, y Decazes. Tuvieron como órgano de sus ideas las revistas Le Conservateur (Octubre 1818 – Marzo 1820) y Le Defénseur (Marzo 1820 – Octubre 1821). Finalmente, con la llegada de Villèle –integrante asimismo de ese grupo– a la Presidencia del Consejo de Ministros en Diciembre de 1821, quedaron colmadas sus aspiraciones. Pero es precisamente entonces cuando empieza ese Gobierno de «Derecha» al que Canals deja fuera del campo auténticamente «realista». La paradoja se entiende fácilmente si se considera que todo ese partido político-intelectual al que llamaban «ultrarrealista», se significaba fundamentalmente por la defensa del nuevo sistema político, de «Carta Constitucional» y doble Cámara, implantado en Francia tras la vuelta de la Monarquía, y que su oposición se reducía a la conservación del mismo –éste es el verdadero sentido que está detrás del título de su órgano periodístico– frente a los posibles avances revolucionarios, supuestamente más allá de su letra y espíritu, fomentados por las políticas de los antedichos Gobiernos.
Teniendo este criterio en mente, el contraste entre el pretendido «ultrarrealismo» de estos publicistas franceses y las directrices jurídico-políticas propugnadas por los más caracterizados realistas españoles de la misma época, es total y absoluta. De hecho, si hubiera que trazar en suelo peninsular una facción que comulgara con la ideología política de los llamados «realistas» allende los Pirineos, ésa debería ser el partido afrancesado-moderado, eterno enemigo del realismo español. En efecto, eran los sujetos del bando moderado los que hacían campaña para la introducción de un modelo de «Carta Constitucional» y sistema representativo con dos Cámaras, equivalente al francés, con ocasión de la intervención de las tropas del Duque de Angulema en 1823 encaminada a la restauración de Fernando VII en el Trono.
En el contexto de esa campaña, les pareció oportuna una nueva reimpresión, acompañada de notas, del Decreto para la celebración de Cortes que la Junta Central expidió el 29 de Enero de 1810 (un día antes de su definitiva disolución), y en el cual se consagraba el susodicho sistema bicameral, que a la postre quedaría arrumbado por los liberales gaditanos con su planteamiento de «Cortes» unicamerales y sin estamentos. En el número de 10 de Agosto de 1823 del diario El Restaurador, apareció un artículo crítico contra esa reedición: «teniendo establecido nuestras Leyes el orden y método de esta convocatoria [de las Cortes] –contendía el columnista–, ¿a qué apelar a un documento de esta especie?». Y más adelante concluía: «En fin, tómese en una mano la Carta inglesa, etc., etc., y en otra el reglamento [= el Decreto de la Junta], y se verá que el sistema camarillero iba a hacer fechoría a Cádiz, y los pícaros de los jacobinos les frustraron el plan, pecado que no les perdonarán jamás. De suerte, que la soga es ésta… Los serviles teníamos nuestras Leyes y Cortes antes de 1810, y las creíamos ver resucitadas con los bienes que dispensaron a nuestros padres. Cuando íbamos a realizarlo, los camarilleros que venían de Bayona […] se metieron a hacer la empanada del Decreto que acabamos de ver; lo llevaban al horno de Cádiz, y los jacobinos echaron a rodar el tablero, y salió la Constitución. Deshecha ésta, los españoles quieren volver a sus Cortes antiguas, y los camarilleros a su empanada; ven que el pueblo español está firme, y dejando el mismo relleno han hecho una pasta de términos antiguos, que dice comedme… Españoles, los momentos son críticos; fuera pastas; destripemos la empanada: y obras son amores que no buenas razones». Lo de «pasta con términos antiguos» alude al rótulo engañoso que le habían puesto los afrancesado-moderados a la nueva publicación del Decreto «camarillero»: Decreto de la Junta Central convocando a Cortes por Estamentos. En efecto, «Cortes por Estamentos» era la expresión con que los realistas se referían a esa institución peculiar de la multisecular Monarquía española, manifestando así su verdadera naturaleza conforme a los Cuerpos jurídico-legales de ésta. Los intelectuales del partido afrancesado pretendían servirse de esa misma fórmula, pero para pasar de matute, entre los pueblos realistas españoles, la novedad del sistema representativo o bicameralista propugnado por ellos.
(Continuará)
Félix M.ª Martín Antoniano