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Sobre la malversación de fondos en Santa Cruz

Por: Jorge Hurtado Hervas

Hace algunas semanas compartí en las redes sociales un comentario sobre la excesiva cuantía que destinan tanto la gobernación como el gobierno municipal cruceño (capitalino) para gastos corrientes, hecho que constituye una malversación de recursos con grave perjuicio en la satisfacción de necesidades básicas en Santa Cruz.

Lamentablemente, nadie se hizo eco de esta denuncia, a pesar de ser ademas violatoria de las leyes.
El tope del 15 % para gastos corrientes esta contenido en la Ley de Municipalidades (Ley Nº 2028 de 28 de octubre de 1999), que establece límites al gasto corriente para todos los gobiernos municipales de Bolivia. En su Artículo 107° esta ley dispone que, dentro de cada gestión presupuestaria, los gobiernos municipales pueden asignar hasta un quince por ciento (15 %) de la Coparticipación Tributaria para gastos corrientes (con porcentajes adicionales según tipo de ingreso propio y tamaño del municipio).

En el comentario mencionado decíamos que entre ambas entidades se tiene por ingreso mas de 600 millones de dólares, ahorrando en gastos podríamos disponer 300 millones para inversión. A esa suma se le puede aplicar un apalancamiento financiero de 3:1 (inversión concurrente, aporte del Gob. Nl, crédito de proveedores, prestamos blandos, donaciones, etc) y dispondríamos 900 millones de dólares para atender necesidades urgentes en materia de salud, educación, seguridad, transportes y otras.

Soluciones hay, recursos financieros son posibles. Lo que falta es extinguir la corrupción y tener idoneidad en la gestión.

Así evitaríamos que los enfermos sean rechazados de los hospitales y que nuestros niños pasen clases a cielo abierto o bajo los arboles.

Jorge Hurtado Hervas

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