ALCALDES, GOBERNADORES Y RECTORES VIOLARON LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY EN COCHABAMBA
Ernesto Machicao Argiró
Los alcaldes, gobernadores y rectores de universidades públicas transgredieron el Código Penal cuando dictaron resoluciones contrarias a la Constitución y a la ley, en la reunión de hoy en Cochabamba. Así lo dictamina dicha norma:
«Artículo 153. (Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes). La servidora, servidor, empleada o empleado público que dicte o emita resoluciones u órdenes arbitrarias y manifiestamente contrarias a disposiciones expresas y taxativas de la Constitución Política del Estado, Bloque de Constitucionalidad o de una Ley concreta, o ejecutare o hiciere ejecutar dichas resoluciones u órdenes, generando daño económico al Estado o afectando sus intereses, será sancionado con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años e inhabilitación.»
Desgraciadamente, en la reunión de la fecha, estas autoridades han subsumido sus acciones a este tipo penal de manera incontrastable.
Ocurre que ninguna de estas tres categorías de autoridades electas tiene la facultad para conocer y resolver asuntos de competencia nacional.
Los alcaldes solo tienen competencia para conocer y resolver asuntos de su municipio, así lo establece la Constitución en su art. 283:
«El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde.»
Los gobernadores solo tienen competencia para conocer y resolver asuntos de su departamento, así lo establece la Constitución en su art. 277:
«El gobierno autónomo departamental está constituido por una Asamblea Departamental, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa departamental en el ámbito de sus competencias y por un órgano ejecutivo.»
Los rectores solo tienen competencia para conocer y resolver asuntos de su respectiva universidad, así lo establece la Constitución en su art. 92-I:
«Las universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos; el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo; la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales; y la aceptación de legados y donaciones, así como la celebración de contratos, para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Las universidades públicas podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa.»
En resumen, ninguna de estas tres autoridades tiene la facultad constitucional ni legal para conocer y resolver asuntos relativos al censo, una atribución de naturaleza nacional, sin duda.
En todo caso, la fiscalización de la marcha del censo debió haber sido conocida y resuelta por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Es el legislativo el que tiene esta competencia. Así lo establece la Constitución en su art. 158-I:
«(…) 17. Controlar y fiscalizar los órganos del Estado y las instituciones públicas.»
No cabe duda. Es el Órgano Legislativo el llamado a fiscalizar al ministerio de Planificación del Desarrollo, que tiene tuición sobre el INE, en relación a la realización del censo. Es la Asamblea Legislativa Plurinacional ( A.L.P. ) la que debería cuestionar sobre las razones técnicas para la postergación del censo del 2022 hasta el 2024.
Y si encontrara vestigios de ruptura a la ley, el legislativo debería remitir a procesos administrativos y a la justicia ordinaria para llevar adelante los procesos necesarios.
Pero, en todo caso, lo que debe quedar claro es que la reunión de la fecha en Cochabamba, estuvo plagada de violaciones a la Constitución y al art. 153 del Código Penal.
Los alcaldes, gobernadores y rectores no tenían ninguna competencia para conocer ni resolver sobre la realización del próximo censo. Eso fue absolutamente inconstitucional e ilegal.
El ministerio Público debe empezar a tomar declaraciones a todos los alcaldes, gobernadores y rectores, que asistieron a ese cónclave, por haber incurrido sus acciones en el tipo penal de resoluciones contrarias a la Constitución y a la ley.
Y el lunes venidero, la A.L.P. ( Asamblea Legislativa Plurinacional ) deberá tomar cartas sobre tema tan escabroso y de trascendental importancia para el país y la democracia, en su calidad de servidores públicos que sí tienen competencia para ello.
Santa Cruz de la Sierra, 28 de octubre de 2022