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Ciudadano de a pie, reservistas de la patria, abogado por vocación y guerrero de la libertad por convicción

Fdo. Williams Bascope Laruta

ALERTO SOBRE EL NEFASTO DECRETO N°4757 QUE VIOLA LA CONSTITUCIÓN Y A LA LIBERTAD ( mientras nos distraemos con lo del censo y la condena de un Gobernador).

Este Decreto 4757 que se promulgó recién este 13 de julio de 2022, es tan nefasto como la «ley de ganancias ilícitas» que quisieron imponernos; ahora ha título de luchar contra la corrupción y el feminicidio y los casos de infanticidios pretenden violar derechos y garantías de todo ciudadano.

Este nefasto Decreto tiene 23 artículos, la mayoría son inconstitucionales y para maquillarse, se apoyan en la Ley N. 1443 de Protección a las victimas de Feminicidio, infanticidio y violacion de infantes.

Veamos algunos artículos de este Decreto:

Art. 1, 2 y 3 implementaría la figura de colaborador eficaz (en realidad será un delator o un obligado a implicar a otras personas y mejor si son opositores politicos).

El art. 4 habla de principios para que se aplique este Decreto, y entre ello está la confidencialidad; es decir, que quien se preste a ser colaborador eficaz (delator) sólo lo conocerá el fiscal, el Ministro de Justicia, el defensor, la victima y el juez.

¿Qué hace el Ministro de Justicia metido acá como si fuera fiscal o juez? (esto es inconstitucional, Art. 12° y 178° de la Constitucion).

Por otra parte; en este Art. 4 inciso J, Proporcionalidad, indica que el beneficio que se de al colaborador eficaz debe ser proporcional al daño causado al Estado, acá se delatan los del gobierno, ¿qué no era victima una mujer un niño o una persona?, ¿que hace el Estado de victima pidiendo se le repare el daño?.

El Art. 5 del Decreto; acá su redaccion generalizan a todos los delitos y además hacen énfasis a los de corrupción; ¿por qué los del gobierno ahora apuntan la corrupcion con mayor ímpetu?, en realidad parece que quieren callar a sus disidentes o libres pensantes dentro el mismo MAS (Choquehuanquistas, libre pensantes y demás).

Además; este artículo 5, habre la posiblidad hasta de sancionar sólo la idea de pensar un delito o imagínarselo, fíjese este articulo en el inciso C. (estos del gobierno quieren perseguir hasta lo que uno piensa, si hay algún pobre sujeto presionado que haga de delator, nos culpará de cualquier cosa para liberarse ).

El Art. 7 en su inciso b), indica que se evaluará la informacion del delator y la importancia de esa informacion, y quien lo hace es no sólo el fiscal, sino también el Ministro de Justicia (esto es una grosería autoritaria).

Además el Art. 8 indica que las Entidades competentes para recibir, evaluar y determinar la informacion del delator o colaborador eficaz, es no sólo el fiscal, sino El Ministro de Justicia y el Viceministro de transparencia institucional (¿acaso son fiscales?, acá se pasan la division de poderes y es una injerencia en la facultad de investigación, que sólo lo hacen el Ministerio Público y la Policia).

El Art. 9, ordena que el delator para beneficiarse con algun perdon, debe presentar por escrito su solicitud de colaborar ante el Ministro de justicia, incluso hasta antes de dictar sentencia. (que tal esta grosería, se le da tremendo poder de fiscal, juez y policia al Ministro de Justicia, esto ya es un disparate contra la Cosntitucion).

El colaborador eficaz, que no sólo puede ser un delicuente, sino también un posible opositor político, tendrá que delatar y admitir también su hecho delictivo, pero también deberá guardar confidencialidad de lo que está diciendo y luego será presentado como testigo en juicio (se le condiciona de todo al delator).

Inclusive se le hará firmar un acuerdo confidencial, donde se le condiciona a muchas medidas, como no salir del pais (arraigo) y si no cumple se lo meterá de nuevo a la cárcel, eso indica el Art. 14 y 18 de este Decreto.

Las audiencia para llevar acabo para este colaborador eficaz, serán confidenciales y estará presente el Ministerio de Justicia, (¿en qué queda la publicidad de los juicios?)

Además; al juez ni siquiera se le da la posibilidad de que evalúe y rechaze ese acuerdo del colaborador eficaz; el Art. 16 le ordena aprobar al juez ese acuerdo firmado donde se delatan supuestos delitos (es decir el Ministro de Justicia tiene mayor poder que el mismo Juez, porque su documento que hizo firmar al delator no se puede rechazar).

Este Decreto es nefasto, viola la independencia de poderes, el principio de inocencia, el derecho a la defensa, el principio de publicidad, el debido proceso y el derecho a la dignidad y libertad de las personas. ( Art. 12°, 21°, 22°, 115 °, 116°, 117°, 119° de la Constitución Política del Estado) .

El Gobierno del Pdte. Arce Catacora, pretende justificar y maquillar su Decreto autoritario, con decir que se lucha contra la corrupcion y los altos indices de feminicidio; y no es así, este Decreto sutilmente habré la posibilidad de ser para todo acto o hecho del ciudadano que puede ser calificado como delito.

Una vez MAS, la nueva cúpula del masismo se esta pasando por la partes más innobles la Constitución.

Este Decreto le da una especie de orden política para que el Poder Judicial homologue este Decreto a titulo de la aplicación de la justicia restaurativa ( Art. 23 de este Decreto).

No se puede dejar pasar algo tan nefasto, este Decreto será la herramienta de persecución penal a ciudadanos opositores , ya que el Poder Judicial y la fiscalia no garantizan independencia con su corrupción y su inclinación al poder político.

Alerto e informo a la ciudadanía en cumplimiento del Art. 108 de la Constitución. .

Libres y dignos…!!

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